Vender y alquilar
Cambiar de compañero de piso a mitad de contrato
Se va uno, entra otro, y la habitación no se queda vacía ni un mes. Por dentro, eso es un cambio de arrendatario, y hay tres maneras de hacerlo. Dos son legales y una os puede costar el contrato.
Ceder el contrato
Ceder es que quien entra ocupe la posición de quien sale. La ley lo permite, pero con una condición que no admite matices: el contrato no se puede ceder sin el consentimiento escrito del arrendador. Con ese consentimiento, el cesionario se subroga en la posición del cedente frente al casero, con sus derechos y sus deudas.
Subarrendar una parte
La otra vía es el subarriendo. La vivienda arrendada sólo se puede subarrendar de forma parcial y con consentimiento escrito previo del arrendador. Es decir: podéis subarrendar una habitación, no la casa entera.
- El precio no puede exceder del que corresponda al arrendamiento. No se subarrienda para ganar dinero con ello.
- El derecho del subarrendatario se extingue cuando se extingue el del arrendatario que subarrendó. Si vosotros os vais, él se va.
- Frente al casero seguís respondiendo vosotros: el subarrendado no es su inquilino, es el vuestro.
Lo que no se hace
Meter a alguien sin decírselo al propietario. El subarriendo y la cesión no consentidos son causa expresa para que el arrendador resuelva el contrato de pleno derecho. No es una multa ni un aviso: es la puerta a que os vayáis todos, también los que llevaban dos años pagando puntualmente.
Y no vale el «se lo dijimos por teléfono». La ley pide consentimiento escrito. Un correo del casero diciendo que le parece bien y con el nombre del que entra ya es algo; un anexo firmado es mejor.
La vía práctica: el anexo
Lo que hace la mayoría de caseros no es una cesión formal ni un subarriendo, sino un anexo al contrato firmado por todos: los que se quedan, el que se va, el que entra y el propietario. Conviene que diga desde qué fecha rige, que quien sale deja de responder desde ese día y que quien entra asume las mismas obligaciones que los demás.
Lee también: Qué papeles pedirle a un inquilino Lo que se puede pedir para saber si alguien puede pagar, lo que no se pide nunca y qué hacer con la documentación de los que no entran.Dos cosas que se olvidan
La fianza. Está depositada por el contrato entero y se devuelve al final, no cuando alguien se marcha. Si el que sale quiere su parte ya, se la paga el que entra, y eso se apunta.
El estado de la casa. El que entra hereda desperfectos que no ha causado, porque frente al casero respondéis como grupo. Antes de que se instale, haced fotos y una lista de lo que ya estaba mal, con fecha. Es el único modo de que el reparto de la fianza del último día no acabe en discusión.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
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