Vender y alquilar
Desperfectos en un piso compartido: quién paga
La puerta del baño tiene un agujero y nadie sabe de quién. Al casero eso no le interesa: él tiene un contrato y unos firmantes. Quién lo paga de verdad se decide dentro de la casa, y se decide mejor antes de que pase.
La regla de fondo
El Código Civil lo dice en una línea: el arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviera la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya. La carga de la prueba está de vuestro lado, no del suyo.
Y hay un segundo artículo que en un piso compartido pesa mucho: el arrendatario responde también del deterioro causado por las personas de su casa. La pareja de uno, el hermano que se quedó a dormir, los diez de la cena del sábado. Todos son «personas de tu casa».
Lo que arregla el casero
El arrendador está obligado a hacer, sin subir la renta por ello, todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro le sea imputable al arrendatario. Eso es la caldera, la instalación, las humedades, la persiana que se rompe sola.
Del otro lado, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda corren de vuestra cuenta. Y estáis obligados a avisar al propietario en el plazo más breve posible de las reparaciones que le tocan a él.
Ese aviso, en un piso compartido, tiene que salir de alguien. Nombrad al que habla con el casero y que escriba siempre, aunque después llame. Una avería callada tres meses deja de ser avería y empieza a ser culpa vuestra.
El reparto de puertas adentro
Frente al propietario respondéis como grupo. Entre vosotros podéis pactar lo que queráis, y lo que suele aguantar es esto:
- Lo de cada habitación, de su ocupante. Es lo único que tiene dueño claro.
- Lo de las zonas comunes, a partes iguales, salvo que alguien lo reconozca.
- Lo de los invitados, de quien los invitó. Sin esta línea, la fiesta de uno se paga entre cuatro.
- Lo que ya venía roto, de nadie: por eso hace falta la lista y las fotos del día de entrada.
Cuando el daño es a propósito
Aquí sube el nivel. La realización de daños causados dolosamente en la finca es una causa expresa por la que el arrendador puede resolver el contrato de pleno derecho. Lo mismo pasa con las obras que necesitaban su consentimiento y se hicieron sin él, y ahí entra tirar un tabique para hacer otra habitación.
Si alguien de la casa rompe algo a mala idea, el problema deja de ser una factura y pasa a ser el contrato de todos. Es el momento de ponerlo por escrito, avisar al propietario y no cubrirlo.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
¿Vas a vender o a alquilar?
Publica tu casa en Casitis sin coste y sin exclusiva. La ven los que ya están buscando en tu pueblo.
Publicar mi propiedad antes, mira a qué precio ponerlaComentarios
Para comentar hace falta una cuenta. Entrar o crear una: es gratis y se tarda un minuto.