Proteger la casa
El ruido de los propios compañeros
El ruido que peor se lleva no es el del vecino de arriba: es el del compañero que ve series a las dos de la mañana con el volumen alto y la puerta abierta. Dentro de casa no hay policía que valga, pero sí hay cosas que se pueden exigir.
Dentro del piso manda el pacto
Entre compañeros no existe una infracción administrativa por hablar fuerte en el pasillo. Lo que existe es un acuerdo de convivencia, y el artículo 1258 del Código Civil recuerda que los contratos obligan no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley. Dormir por la noche entra en el uso.
Por eso las normas escritas sirven: convierten «me molestas» en «acordamos silencio a partir de las doce», y eso se señala sin discutir.
Qué se puede pedir de verdad
- Una franja de silencio, con hora de inicio y de fin, entre semana y en fin de semana. Distintas, porque la vida es distinta.
- Auriculares después de esa hora. Es lo más barato y lo que más cambia.
- Fiestas avisadas, con antelación y con final. Que se pueda decir que no sin quedar como el raro.
- Arreglos físicos: fieltros en las sillas, un burlete en la puerta, la lavadora fuera de las horas de sueño.
Cuando el ruido sale del piso
Ahí cambia el escenario, porque aparecen los vecinos y la comunidad. El artículo séptimo, apartado 2, de la Ley sobre propiedad horizontal establece que ni al propietario ni al ocupante del piso les está permitido desarrollar en él actividades prohibidas en los estatutos, dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Y prevé que el presidente requiera la cesación inmediata.
Los límites concretos de decibelios y los horarios los pone tu municipio. El artículo 6 de la Ley del Ruido dice que corresponde a los ayuntamientos aprobar ordenanzas en relación con las materias objeto de esa ley. Es decir: las cifras están en la ordenanza de tu ciudad, no en una norma estatal única.
Lee también: Si los vecinos denuncian el ruido de vuestro piso El requerimiento del presidente, la acción de cesación contra el ocupante y la puerta que se le abre al casero. Con un contrato para los cuatro.El riesgo que corréis todos
Conviene decirlo claro al compañero ruidoso, porque no siempre lo sabe. El artículo 27.2.e) de la Ley de Arrendamientos Urbanos permite al arrendador resolver de pleno derecho el contrato cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Si el contrato es de todos, el problema es de todos.
El orden en que se hacen las cosas
Primero se habla en persona y a solas, no en el grupo. Segundo, se acuerda algo concreto y se escribe. Tercero, si se repite, se pone por escrito al compañero con fecha. Y sólo entonces se avisa al propietario, porque implicarle antes de tiempo convierte una conversación en un expediente.
Si el ruido viene con insultos o con amenazas, eso ya no es convivencia. Ahí se denuncia.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
Todo lo de proteger la casa, junto
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