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Si un compañero de piso se queda sin trabajo

Un compañero pierde el trabajo y el día 1 falta su parte. No es un conflicto de convivencia, es una deuda con nombre y fecha. Cuanto antes se hable, menos daño hace, porque el casero no distingue entre vosotros.

Frente al propietario respondéis todos

Si vuestro contrato tiene cláusula de solidaridad, el artículo 1144 del Código Civil permite al acreedor dirigirse contra cualquiera de los deudores solidarios o contra todos a la vez, y las reclamaciones contra uno no impiden las que después se dirijan a los demás mientras no se haya cobrado la deuda por completo. El casero irá a por quien tenga más cerca o más solvente.

Si no hay cláusula de solidaridad, el artículo 1137 recuerda que la solidaridad no se presume, y el 1138 que la deuda se presume dividida en partes iguales. Averiguar cuál de los dos casos es el vuestro es lo primero que hay que hacer, y se hace leyendo el contrato, no discutiendo en la cocina.

La renta no espera a que llegue el paro.

Si pagáis su parte, es un préstamo

El artículo 1145 dice que el pago hecho por uno de los deudores solidarios extingue la obligación, y que quien pagó puede reclamar de sus codeudores la parte que a cada uno corresponda, con los intereses del anticipo. Añade que la falta de cumplimiento por insolvencia de un deudor solidario la suplen los codeudores a prorrata.

Dicho en llano: si cubrís su mes, no lo estáis regalando, salvo que queráis. Pero eso hay que escribirlo el mismo día, con la cantidad y con una fecha de devolución. Un mensaje aceptado por las dos partes vale mucho más que la memoria de nadie.

Lo que se hace la primera semana

  • Hablar con el propietario antes de que falte el dinero, no después. Un aplazamiento pactado es infinitamente mejor que un impago.
  • Poner un plazo: uno o dos meses de puente, y qué pasa si se agotan. Sin fecha, la ayuda se convierte en costumbre.
  • Bajar el gasto común: la tarifa del móvil, la plataforma que nadie ve, la compra de marca. Se nota antes de lo que parece.
  • Mirar las ayudas: prestación por desempleo, ayudas de emergencia de los servicios sociales del ayuntamiento y programas autonómicos de alquiler. Los importes y requisitos cambian según dónde vivas y hay que consultarlos allí.
Lee también: Un contrato, varias firmas: qué es la solidaridad Firmar entre tres no significa deber un tercio. Dónde está la palabra que lo cambia todo y qué puede reclamarte el casero a ti solo.

Cuando el puente no aguanta

Si la situación se alarga, la salida ordenada es sustituirle. Se busca a alguien, se propone al propietario y se firma un contrato nuevo o un anexo que le libere. Sin ese papel, quien se fue sigue obligado y vosotros seguís expuestos.

Y conviene saber el final del camino. El artículo 27.2.a) de la Ley de Arrendamientos Urbanos permite al arrendador resolver de pleno derecho el contrato por la falta de pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago corresponda al inquilino. No distingue quién de vosotros dejó de pagar.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Fuentes: artículos 1137, 1138, 1144 y 1145 del Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889); artículo 27 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.